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Qué impuestos debes pagar al vender tu inmueble

Qué impuestos debes pagar al vender tu inmueble

Si estás en proceso de vender tu casa o apartamento en Ciudad de Guatemala, deberás saber que hay impuestos que se derivan de esta transacción, los cuales deben ser pagados mediante un notario público, será importante que tengas el conocimiento necesario para que luego no se presente ningún imprevisto.

En CityMax Diamond; deseamos que tengas la mayor parte de información en el proceso de compra venta, de esta manera podrás llevar a cabo esta transacción sin mayor inconveniente. Si necesitas el apoyo de un profesional inmobiliario para que tu apartamento este entre las opciones de apartamentos en venta en Ciudad de Guatemala, te asesoramos de manera oportuna en el proceso, brindándote toda la información correspondiente evitándote pérdidas de tiempo y dinero.

¿Venderás tu propiedad inmobiliaria?

Quien es el propietario o dueño titular de la propiedad deberá hacerse cargo del impuesto sobre la renta o ISR; siendo este un monto calculado en base al monto en que compro la propiedad inicialmente y la cantidad en que la vendió; siendo así, es un impuesto sobre la utilidad recibida por la venta de la propiedad, aproximadamente de 32% del valor del inmueble.

De acuerdo información proporcionada por las SAT; Hay condiciones que permiten las excepciones del impuesto; esto dependerá de las condiciones específicas de cada transacción.

Te puede interesar: ¿Qué es el IVE y por qué debo llenar el formulario al comprar una propiedad inmobiliaria?

 

¿Cómo se puede exentar el pago del ISR?

Se podrá aprovechar del beneficio de la exención siempre y cuando las personas cuenten con las condiciones establecidas por la SAT, entre las que se establecen un monto máximo obtenido por la venta del inmueble, además de algunos documentos que se deben anexar; en los que acredite que es precisamente la casa en la que habita, siendo estos verificables, entre los que mencionamos:

-Comprobantes fiscales de pagos efectuados de luz

-Comprobantes fiscales de pagos efectuados de teléfono

-Estados de cuenta bancarios, de casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias

-Credencial para votar que consigne como el domicilio la casa habitación que se vende

-Los documentos mencionados podrán estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge, de sus ascendientes o descendientes en línea recta

-Solo se puede exentar una vez cada 3 años.

¿Qué se puede deducir en el ISR?

En caso que no sea posible aplicar por la exención ya se por haberlo hecho en un periodo de 3 años, por superar el monto establecido por la ley o no ser casa habitación; podrán deducirse algunos conceptos que tomará en cuenta el notario para calcular el impuesto correspondiente.

Para poder ser beneficiario de estas deducciones; deberá hacer entrega al notario de facturas y comprobantes fiscales por diversos conceptos. Debe tener en cuenta que los documentos o facturas se obtienen al momento de la compra y durante el tiempo que se habita en el inmueble, si no son solicitadas en el momento o se causa la perdida no podrán solicitarse luego.

Costo comprobado de la adquisición

Deberá tener un documento donde certifique el valor inicial por el que adquirió el inmueble, este valor también deberá coincidir con el plasmado en las escrituras. Sera necesario contar con la factura notariada de lo contrario no podrá deducirse al momento de la venta.

Inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones

Se comprobará con las facturas correspondientes una vez sea terminada la obra, otra manera de hacerlo es a través de un avalúo; en este último caso solo se tomará el 80% del valor determinado. Se recomienda siempre tener toda la facturación de las mejoras, de esta manera evitará tener gastos y tramite adicionales en el futuro.

Gastos notariales: Al igual que los demás gastos, se deberán comprobar a través de las facturas correspondientes.

Comisiones y mediaciones: Tendrá la posibilidad de deducir los gastos derivados de las comisiones ocasionadas por la contratación de corretaje inmobiliario; siempre y cuando tenga algún documento que certifique la contratación de este servicio; si no cuenta con ella no podrá hacer uso de esta deducción.

Como recomendación; deberás preguntarle al notario todo lo concerniente a los documentos requeridos para la exención o deducción una vez adquieras el inmueble; de esta manera podrás reunir todos los documentos necesarios y así poderlos usar una vez sean requeridos.

¿Deseas vender tu apartamento en Ciudad de Guatemala? En CityMax Diamond te ayudamos en el proceso, cuenta con nuestra asesoría oportuna y profesional.


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redaccioncitymax

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